Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0395/2016-S1
Fecha: 07-Abr-2016
I.1.1. Hechos que motivan la acción
Como resultado de una ilegal homologación del acuerdo transaccional sobre asistencia familiar suscrito con la madre de su hija ante Defensoría Municipal de la Niñez, la Jueza Primera de Instrucción de Familia del departamento de La Paz, ordenó su apremio corporal, por el supuesto impago de siete pensiones mensuales; incurriendo en una ilegalidad, por no haberle citado con la demanda de asistencia o la solicitud de homologación conforme manda el art. 117.I del Código de las Familias y del Proceso Familiar, ocasionándole una total indefensión, de manera que la actuación judicial, viene a constituirse en una persecución ilegal.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustentan el Estado y el nuevo sistema de justicia
- seguridad jurídica
- III.2. Naturaleza jurídica de la acción de libertad
- cuando existen mecanismos procesales específicos de defensa que sean eficientes y oportunos para restituir el derecho a la libertad y/o hacer cesar la persecución o procesamiento indebido, estos deben ser activados previamente por el o los interesados o afectados
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR