SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0403/2016-S1
Fecha: 13-Abr-2016
a)
El accionante a través de su abogada ratificó el tenor íntegro de la presente acción de cumplimiento y ampliándola señaló que: a) Fue sentenciado por tráfico de sustancias controladas en grado de complicidad con una pena privativa de libertad de ocho años, conjuntamente con otras tres personas entre las que se encontraba Elver Arenas Martínez de nacionalidad colombiana; constituyéndose ambos ante el Juez Segundo de Ejecución Penal del departamento de Santa Cruz, para poder favorecerse con la Ley del Indulto; b) Se dio celeridad al caso del coprocesado referido; empero, no aceptaron la documentación que presentó para acogerse al beneficio del indulto, pese a que solicitó al Juez ut supra que remita directamente al “Director del Centro de rehabilitación de Palmasola” (sic), así, como también de forma personal su abogada se apersonó ante la autoridad demandada, pero no admitieron el trámite con el argumento de que se encontraría en libertad y gozando de medidas sustitutivas; y, c) No se tomó en cuenta, el fundamento de que el beneficiado con el indulto fue el otro –coprocesado Elver Arenas Martínez, que se hallaba gozando de medidas sustitutivas–; motivo por el cual y amparado en el art. 134 de la CPE, interpuso ésta acción de cumplimiento, solicitando se le otorgue la tutela, ordenando al demandado bajo el principio de igualdad la recepción de toda la documentación presentada ante el Juez señalado supra.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- procederá en caso de incumplimiento de disposiciones constitucionales o de la ley por parte de servidores públicos
- cierta y efectiva la demanda, declarará procedente
- conceda
- garantizar la ejecución de la norma constitucional o legal
- Cabe resaltar que esta garantía constitucional jurisdiccional está prevista en nuestra Constitución como una acción de defensa, entendiéndola como la potestad que tiene toda persona -individual o colectiva- de activar la justicia constitucional en defensa de la Constitución Política del Estado y de las normas jurídicas, ante el incumplimiento de deberes concretos contenidos en ellas
- la acción de cumplimiento puede otorgar la tutela de un derecho en su dimensión objetiva
- III
- 2.
- CONFIRMAR