SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0427/2016-S1

Fecha: 21-Abr-2016

III.3. La extinción de la acción penal por prescripción.

         En relación a la prescripción de la acción penal, la SCP 0179/2012 de 18 de mayo, manifestó que: “Se debe necesariamente hacer algunas puntualizaciones sobre la prescripción, al respecto, es el art. 29 del Código de Procedimiento Penal (CPP) el que determina la prescripción de la acción por el transcurso del tiempo en determinados delitos, ampliando el art. 29 bis del mismo código sobre la imprescriptibilidad que señala que los delitos causados por servidores públicos que atentan contra el patrimonio del Estado y causen grave daño económico, los cuales son imprescriptibles y no admiten régimen de inmunidad, desarrollando los arts. 30 al 35 CPP, los aspectos relevantes de la prescripción como el inicio, la interrupción, o suspensión de la misma, entre otros.