Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0430/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La accionante, estima como vulnerados sus derechos al debido proceso en sus elementos de congruencia, motivación y fundamentación y a la defensa, por cuanto, habiendo presentado excepción de la acción penal por prescripción, su solicitud fue declarada improbada mediante Resolución 706/2014 y apelada esa decisión, los Vocales demandados, confirmaron dicho fallo a través del Auto de Vista 127/2015, sin fundamentación, ni motivación, con argumentos incongruentes y sin resolver los agravios alegados.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- I.2.2. Informe de las autoridades demandadas
- concedió en parte
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El debido proceso y la fundamentación de las resoluciones
- Fragmento 8
- cada una de las alegaciones presentadas y además de ello, debe existir una armonía lógico-jurídica entre la fundamentación y valoración efectuadas por el juzgador y la decisión que asume
- III.3.Análisis del caso concreto
- 1.
- 2.
- 4.
- 5.
- I.
- IV.