Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
Fragmento 15
El accionante por medio de su representante, señala como vulnerados los derechos invocados en la presente acción de amparo constitucional, puesto que el Alcalde demandado prescindió de sus servicios, pese a ser de su conocimiento que gozaba de inamovilidad por su condición de padre progenitor, incumpliendo luego la conminatoria de reincorporación emitida por la Dirección de Servicio Civil del Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social a través de la nota cite: MT/VMESyCOOP/DGSC 1499/2015 de 26 de agosto.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III.
- Fragmento 10
- a elección de parte contiene la facultad de recurrir ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, para pedir su restitución
- podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria
- la conminatoria es de cumplimiento inmediato, y que su incumplimiento vulnera el núcleo esencial del derecho al trabajo
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte