Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0434/2016-S3
Fecha: 06-Abr-2016
III.
El accionante por intermedio de su representante denuncia la vulneración sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la inamovilidad laboral por paternidad y a una justa remuneración, puesto que el Alcalde demandado procedió a prescindir de sus servicios, pese a conocer que gozaba de inamovilidad funcionaria por ser padre progenitor de un niño nacido dos semanas antes. Posteriormente, ante sus reclamos se expidió la conminatoria de reincorporación laboral dispuesta por el Ministerio del Trabajo, Empleo y Previsión Social mediante nota cite: MT/VMESyCOOP/DGSC 1499/2015, sin que la autoridad municipal diera cumplimiento a la misma.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- I.2.1. Ratificación de la acción
- concedió
- II.2.
- II.6.
- II.7.
- III.
- Fragmento 10
- a elección de parte contiene la facultad de recurrir ante el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, para pedir su restitución
- podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos
- Aclarando que la conminatoria dispuesta por el Ministerio de Trabajo Empleo y Previsión Social, en los alcances del DS 0495, no constituye una resolución que defina la situación laboral de la trabajadora o el trabajador, por cuanto el empleador puede impugnar ésta determinación en la justicia ordinaria
- la conminatoria es de cumplimiento inmediato, y que su incumplimiento vulnera el núcleo esencial del derecho al trabajo
- Fragmento 15
- III.3. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR en parte