Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0478/2016-S3
Fecha: 20-Abr-2016
I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
El accionante a través de su representante considera lesionados sus derechos a la dignidad, a la libertad, a la vida, integridad física y psicológica, a la salud, a la “seguridad” y a la “protección oportuna y efectiva por los jueces y tribunales”, citando al efecto los arts. 15, 18, 23, 115, 120 y 180 de la Constitución Política del Estado (CPE).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- II.5.
- III.
- el acto que vulnera el debido proceso se constituye en la causa directa de supresión o restricción del derecho a la libertad,
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR