SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
I.2.1. Ratificación de la demanda
Los accionantes, a través de abogado, ratificaron íntegramente el contenido de la demandada y la ampliaron, manifestando la existencia de una flagrante violación a sus derechos y garantías constitucionales, toda vez que la autoridad demandada, Jorge Luís Antequera Bernal, dispuso su detención preventiva; sin embargo, ellos ya acompañaron la documentación pertinente y cumplieron con los requisitos exigidos para acceder a las medidas sustitutivas que les fueron impuestas inicialmente, como ya se tiene manifestado en la demanda, empero hasta la fecha, la Actuaria del Juzgado no ha elaborado las actas de audiencias ni las resoluciones que no se encuentra arrimadas al expediente, provocando de manera exprofesa que transcurra el plazo otorgado por el Juez, para cumplir con las medidas sustitutivas dispuestas en la audiencia de cesación a la detención preventiva, por lo que solicitan se deje sin efecto la solicitud de revocatoria de la cesación a la detención preventiva, por la manifiesta obstaculización provocada por la funcionaria demandada.
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- : a)
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionaria demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Reiteración de la jurisprudencia constitucional respecto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- traslativa o de pronto despacho
- CONFIRMAR en todo