Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0400/2016-S2
Fecha: 03-May-2016
II.2.
II.2. Por memorial de 8 de diciembre de 2015, Paulino Choque Choque, María Santos Pérez y Bárbara Gonzáles, solicitaron cesación a la detención preventiva, consiguientemente, mediante resolución de 9 de diciembre, la autoridad jurisdiccional fijó audiencia para el 18 del mes y año señalados, solicitud que fue rechazada, por no haberse desvirtuado el riesgo procesal, descrito en el art. 234.10 del CPP (fs. 131 a 135).
- acción de libertad,
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- : a)
- I.2.1. Ratificación de la demanda
- I.2.2. Informe de la autoridad y funcionaria demandadas
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 12
- III.1. Alcance y finalidad de la acción de libertad
- III.2. Reiteración de la jurisprudencia constitucional respecto a la acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- III.3. Análisis del caso concreto
- traslativa o de pronto despacho
- CONFIRMAR en todo