SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2016-S2

Fecha: 05-May-2016

II.4.

II.4.  El 15 de febrero de 2016, el Asesor Legal, el Jefe de la Unidad de Gestión Jurídica y la Directora Jurídica de la Gobernación de Tarija, mediante oficio GOB./DIR.JUR./MLG-jaar/101/2016 y en atención a la nota SGO 092/2016, manifestaron que en relación al informe legal SGO/AL/rlg/021-2016 adjunto, éste tan sólo contenía la transcripción de las disposiciones legales referidas, no así un análisis de las mismas; asimismo, que de acuerdo al Decreto Departamental 020/2015, la solicitud no estaba debidamente fundada y no se toma en cuenta las previsiones establecidas en el Estatuto Autonómico Departamental de Tarija, así como la DCP 077/2015 que declara la compatibilidad del texto de éste, siendo dispuesto el procesamiento de la solicitud una vez subsanado lo extrañado por nota interna del Director General de la Gobernación a la Directora Jurídica      (fs. 104 a 106).