Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0431/2016-S2
Fecha: 05-May-2016
II.6.
II.6. Según Circular interna de la Gobernación del departamento de Tarija, el Secretario Departamental de Seguridad, Justicia y Derechos Humanos, derivó a la Dirección Jurídica la nota SGO 011/2016 emitida por el Subgobernador del Municipio O‘Connor; considerada y remitida al Jefe de la Unidad de Gestión Jurídica el 14 de enero de 2016 (fs. 65 a 67); asimismo, cursa la guía 117443 de envío a través del servicio de courier “Centauro” de 18 de enero de 2016 de la Dirección Jurídica al Subgobernador del Municipio O´Connor (fs. 69). Igual curso se le dio a las reiteradas notas de solicitud de atribuciones (fs. 71 a 73).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- improcedente
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- II.6.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de cumplimiento
- III.2. Causales de improcedencia en acción de cumplimiento
- III.3. Incumplimiento de deberes e inactividad por parte de la administración
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR