SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0440/2016-S2
Fecha: 09-May-2016
III.2. Sobre la tutela judicial efectiva y su configuración
Con relación a la tutela judicial efectiva, en la SCP 0781/2015-S2 de 15 de julio, se señala: “Al respecto, este derecho fundamental es reconocido por el art. 115.I de la CPE, que establece: ‘Toda persona será protegida oportuna y efectivamente por los jueces y tribunales en el ejercicio de sus derechos e intereses legítimos’; asimismo, la jurisprudencia constitucional señaló: ‘…la garantía de la tutela jurisdiccional eficaz, entendida en el sentido más amplio, dentro del contexto constitucional referido, como el derecho que tiene toda persona de acudir ante un juez o tribunal competente e imparcial, para hacer valer sus derechos o pretensiones, sin dilaciones indebidas’ (SC 1044/2003-R de 22 de julio).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.4.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 9
- III.1. Sobre el derecho al debido proceso, a recurrir y a la defensa
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- III.2. Sobre la tutela judicial efectiva y su configuración
- la posibilidad de poder interponer los recursos que la ley establezca
- III.3. Análisis del caso en concreto
- CONFIRMAR