SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0477/2016-S1

Fecha: 04-May-2016

II.6.

II.6.  El 10 de abril de 2015, Roberto Eduardo Espinoza Romero, Asesor Legal de EMAVERDE, emitió criterio legal sobre las llamadas de atención del accionante, concluyendo y recomendando que: “Las acciones y omisiones realizadas por el funcionario Zenón Julio Miranda Aguilar, transgreden la normativa vigente, que rige el accionar y funciones de los trabajadores de EMAVERDE, y se enmarcan en las causales establecidas para el inicio de un Proceso Administrativo Interno (…) se recomienda remitir los antecedentes del presente caso a la Sumariante de la Empresa Municipal de Áreas Verdes Parques y Forestación, con el fin de analizar y tomar las acciones legales que amerita el presente caso” (sic) (fs. 68 a 70).