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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0490/2016-S1

    Fecha: 04-May-2016

    II.3.

    II.3. Por informe de igual fecha el Oficial de Diligencias habilitado como Actuario del Juzgado de Instrucción Mixto de Puerto Rico                     del departamento de Pando, manifiesta, que a la persona que averiguó por el expediente, se le indicó que aún no llegó el mismo, pero podía dejar el memorial; sin embargo no lo hizo, argumentando que resultaría vanamente (fs. 15).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.3.
    • III.
    • III.1. Naturaleza jurídica de la acción de libertad.
    • celeridad
    • evitar retardaciones o dilaciones indebidas, ilegales e innecesarias que conculquen el derecho a la libertad en aquellos asuntos vinculados a éste
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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