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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2016-S1
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0492/2016-S1

    Fecha: 04-May-2016

    II.3.

    II.3.  En audiencia de objeción de la querella y aplicación de medidas cautelares de 25 de enero de 2016, se declaró rebelde al accionante al no haber comparecido a la audiencia señalada, pues si bien presentó certificado médico forense el mismo no señalaba que éste se encuentre internado o en reposo absoluto; por lo que, se expidió mandamiento de aprehensión y arraigo (fs. 19 a 20 vta.).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • denegó
    • II.3.
    • II.4.
    • II.5.
    • III.1.  Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
    • III.2.  El derecho a la libertad personal en la Constitución Política del Estado
    • III.2.1. De la acción de libertad
    • Fragmento 11
    • III.3.
    • el medio idóneo, efectivo e inmediato para restablecer los derechos que se consideren vulnerados como emergencia de la imposición de una medida cautelar deberán reclamarse mediante el recurso de apelación incidental; y, habiéndose hecho uso del mismo tendrá que esperarse previamente que el Tribunal de alzada se pronuncie sobre los agravios expuestos y una vez agotada esa instancia, de persistir la lesión y siempre que se encuentre vinculada con la libertad, recién se activa la protección que brinda este medio de defensa
    • III.4.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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