Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0510/2016-S3
Fecha: 03-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante denuncia la vulneración de sus derechos a la libertad, a la impugnación y a la seguridad jurídica en cuanto a la falta de fundamentación de las resoluciones emitidas, los principios de legalidad en relación al cumplimiento de los plazos procesales, de proporcionalidad, instrumentalidad, necesidad, temporalidad y modificabilidad, por cuanto, existe demora en la remisión de antecedentes de la tramitación de la apelación incidental al Tribunal de alzada, transcurriendo más de treinta días sin resolverse su situación jurídica.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 8
- III.1. La acción de libertad traslativa o de pronto despacho
- una vez interpuesto el recurso, las actuaciones pertinentes serán remitidas ante el Tribunal Departamental de Justicia, en el término de veinticuatro horas,
- cuando quien recurre de hábeas corpus, acciona en forma paralela un medio de defensa previsto en el ordenamiento jurídico, aún en el supuesto de que dicho medio o recurso no sea el más idóneo, eficaz o inmediato, es lógico suponer que tampoco procede esta acción tutelar en aplicación de la excepción de subsidiariedad
- III.4. Análisis del caso concreto
- i)
- III.5. Otras consideraciones
- CONFIRMAR