SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0512/2016-S1

Fecha: 09-May-2016

i)

Grover Jhonn Cori Paz y Fredy Paz Valdivia Presidente de Sala Penal Tercera y Vocal de Sala Social y Administrativa Primera del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz, presentaron informe cursante de fs. 211, señalando que:    i) No existe ningún argumento valedero contra el Auto de Vista 003/2015 de 15 de abril; ii) La parte agraviada, fue notificada con el rechazo de su recurso de apelación, el 4 de noviembre de 2014, y planteó la compulsa el 31 de marzo de 2014, fuera del plazo previsto en el art. 285.I del CPC abrg., por lo que se declaró ilegal el recurso; y, iii) La negligencia en el planteamiento inoportuno de la compulsa no puede ser subsanada a través de la acción de amparo constitucional, por lo que, corresponde denegar la tutela.