SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0522/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCiONAL Plurinacional 0522/2016-S2

Fecha: 23-May-2016

Fragmento 19

A partir de los hechos planteados y de la documentación adjunta a esta acción tutelar; cabe establecer la existencia de dos solicitudes escritas, materializadas el 9 y 12 de enero de 2016, a través de las cuales el accionante formuló su petitorio, en cuyo escenario, tanto el Gerente General; el Consejo de Administración y el Comité Disciplinario, aludieron que debía proceder de acuerdo al art. 10 inc. c) del Estatuto Orgánico       -adjunto en el Anexo 1-, a fin de contar con la información y consiguiente documentación de la Cooperativa, que debía ser requerida “a través del Consejo de Vigilancia o de los órganos de control interno”, conforme se desprende de las notas emitidas por éstas tres instancias por CITE CMM-05-04/2016 de 12; CMM-ADM-03-20/2016 de 13; CMM-GER-14-0055/2016 de 18, todos de enero; CITE CMM-CD 17/2016 de 17 de febrero; del contenido de la disposición señalada, en cuyo contexto, cabe establecer que las respuestas asignadas y provistas en tal sentido, se adecúan al procedimiento previsto por una norma interna, propia de la Cooperativa, para la provisión de cualquier información o entrega de documentos, incluyendo dentro de este alcance, la dotación de una copia de los Códigos y la normativa reglamentaria interna e institucional solicitada, por lo que se determina la existencia de una respuesta adecuada y oportuna, cuyo cumplimiento reúne las condiciones fácticas y legales del acceso a la información, consustancial con la petición efectuada.