Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0526/2016-S3
Fecha: 09-May-2016
II.5.
II.5. El 2 de diciembre de 2015, CODEPEDIS - Beni, certificó que Floridia Ayub Tovias, es persona referente conforme al Registro 76650, que acredita que Marjiana Floridia Ribera Ayub tiene discapacidad intelectual, con un porcentaje de 54%, y que fue evaluada por el equipo calificador autorizado por el Ministerio de Salud, por lo cual, el citado Comité extendió ese documento, solo para trámite legal (fs. 23).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantía supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 10
- III.1. Jurisprudencia constitucional respecto a la inamovilidad laboral y las excepciones que se presenta en función al tipo de funcionario público
- no se puede alegar vulneración al goce de la inamovilidad laboral, ni siquiera por motivos de protección del progenitor
- la jurisprudencia de este Tribunal
- los de libre nombramiento pertenecen al ámbito de los funcionarios provisorios
- III.2. Análisis del caso concreto
- funciones de libre nombramiento
- CONFIRMAR