Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0541/2016-S2
Fecha: 27-May-2016
a)
Solicita se conceda la acción de libertad; y consiguientemente: a) Se respete el derecho a la vida; b) Se entregue los requerimientos a efecto de que se realice la valoración del médico forense; c) En base a las certificaciones médicas se modifique las medidas cautelares; y, d) Que por los actos creados, generaron un grave daño físico y sicológico, solicitando se repare el daño que se le causó, debido al retardo en atención a las solicitudes a la Fiscalía, pretendiendo atentar contra la vida, pidiendo la revocatoria de la medidas.
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- conceder
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. La acción de libertad vinculada al debido proceso
- deben estar vinculados con la libertad por operar como causa directa para su restricción o supresión
- Fragmento 11
- III.2.3. Jurisprudencia constitucional (acción de libertad de pronto despacho)
- Fragmento 13
- III.3.La celeridad en las actuaciones procesales y el hábeas corpus traslativo o de pronto despacho
- Fragmento 15
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 17