Juristeca
Juristeca País
    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0543/2016-S2
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PlurinacionaL 0543/2016-S2

    Fecha: 27-May-2016

    II.1.

    II.1.  El 16 de diciembre de 2015, René Quispe Huanca, Fiscal de Materia Adscrito a la División Delitos contra las Personas de la FELCC, informó ante el Juez de Turno en lo Penal Cautelar de El Alto, el inicio de las investigaciones preliminares dentro del caso denunciado por Julio Chambi Huaynoca en contra de Antonio Criales Quinto y otros, por la presunta comisión del delito de lesiones graves y leves (fs. 71 vta.).

    • acción de libertad
    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • a)
    • 1)
    • i)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • II.3.
    • II.4.
    • III.
    • III.1.
    • derechos a la vida, integridad física, libertad personal y libertad de circulación, de toda persona que crea estar indebida o ilegalmente perseguida, detenida, procesada, presa o que considere que su vida o integridad física está en peligro’.
    • tiene como objetivo principal proteger y restablecer los derechos fundamentales a la libertad personal, la vida cuando se encuentre en peligro, así como los derechos a la integridad física, la libertad de locomoción y debido proceso cuando éste se encuentre directamente vinculado con la libertad personal.
    • III.2.  La subsidiariedad excepcional en la acción de libertad
    • III.3.  Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR en todo

    Otros enlaces de interés:

    Jurisprudencia clasificada por bienes e inmuebles Jurisprudencia clasificada por contravención de las normas jurídicas Jurisprudencia clasificada por derechos de la unión europea Jurisprudencia clasificada por derechos fundamentales Jurisprudencia clasificada por materias del derecho Jurisprudencia clasificada por profesiones Jurisprudencia clasificada por sector agrario Jurisprudencia clasificada por sectores de la sociedad

    Síguenos en

    Políticas de eliminación | Políticas de privacidad

    © 2026 Juristeca