SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0546/2016-S1

Fecha: 12-May-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

El Juzgado Disciplinario Tercero del Distrito Judicial de Cochabamba del Consejo de la Magistratura, por Resolución Disciplinaria 37/2014 de 16 de septiembre, declaró probada la denuncia imponiéndole la sanción de suspensión de un mes en el ejercicio de sus funciones sin goce de haberes, ante dicha determinación recurrió en apelación mediante memorial de 17 de octubre de 2014, alegando la vulneración de sus derechos expresados en nueve motivos, además de presentar la certificación emitida por la Secretaria de su despacho lo cual demostró la enorme carga laboral con la que contaba el Juzgado a su cargo.

La Sala Disciplinaria del Consejo de la Magistratura emitió la Resolución 562/2014 de 22 de diciembre, declarando improbada la falta relativa al art. 187.14 de la LOJ, con una serie de generalidades sin ingresar al fondo de sus argumentos y menos analizar las pruebas aportadas; por otro lado, confirmaron la falta que se refirió a la segunda parte del numeral 9) del artículo aludido (incumplir los plazos procesales en providencias de mero trámite), manteniendo la sanción de primera instancia, omitiendo responder los agravios que expuso en el recurso de apelación, menos valoraron las pruebas de descargo acompañadas para tal efecto, por lo que ante dicha vulneración solicitó aclaración respectiva, misma que fue respondida por Auto de 8 de mayo de 2015, declarando no haber lugar a su solicitud, misma que le fue notificada el 9 de diciembre de 2015.