SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0556/2016-S3

Fecha: 16-May-2016

1)

Edwin Cáceres Chávez, Secretario de Administración y Finanzas del Gobierno Autónomo Departamental de Beni, a través de su representante, en audiencia, solicitó se deniegue la tutela, expresando lo siguiente: 1) La accionante dice tener un hermano con capacidades diferentes a su cargo, empero, adjunta el certificado de discapacidad del mismo, en el cual se advierte que tiene como tutor a Richar Hurtado Acosta; 2) Se adjunta una copia legalizada de una Sentencia de declaración de interdicción y nombramiento de tutora ad litem de persona con capacidades diferentes de 30 de septiembre de 2015, la misma que no se encuentra ejecutoriada; y, 3) El párrafo segundo del art. 34 de la Ley General para Personas con Discapacidad, no dice parientes con tal grado de consanguinidad, dicha Ley es clara y protege a las madres o tutores de hijos con discapacidad, no habla de terceras personas ni otro grado de parentesco.