SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0563/2016-S3
Fecha: 16-May-2016
concedió
La Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, constituida en Tribunal de garantías, por Resolución de 8 de enero de 2016, cursante de fs. 75 a 76 vta., concedió la tutela solicitada disponiendo el cumplimiento de la conminatoria de reincorporación laboral, alegando que el art. 410 de la CPE, establece el principio de supremacía constitucional, por lo que debe ser aplicado con preferencia a cualquier otra ley. En el caso se cuenta con una Resolución emitida por autoridad administrativa, como es el Ministerio de Trabajo, Empleo y Previsión Social, determinación que debe ser cumplida, pues, lo contrario implicaría estar frente a la inseguridad jurídica, concluyendo que en el caso concreto, se han lesionado los derechos al trabajo y a la salud de la ahora accionante.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- en caso de que el empleador incumpla la conminatoria, el trabajador o trabajadora podrá interponer la acción de amparo constitucional, misma que resulta más idónea en estos casos por las razones antes expuestas
- III.2. I
- III.3.
- CONFIRMAR