SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0564/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
La parte accionante, señala como vulnerados sus derechos al trabajo y al comercio, al debido proceso y a la defensa, debido a que la ANH, le suspendió la Licencia de Operación para la Estación de Servicio de Combustibles y Líquidos, mediante RA ANH 0509/2011 de 25 de abril, al no haber presentado los documentos sobre el derecho propietario de los terrenos sobre los que se encuentra construida la referida Estación, sin tomar en cuenta que dichos terrenos son de propiedad de ENFE y que los obtuvo en calidad de alquiler de la empresa CONSALBO S.A. quien a su vez tiene contrato de comodato con ENFE y que con posterioridad mediante RA ANH 1437/2010 de 15 de diciembre, fue renovada la licencia por diez años más.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.3.
- II.4.
- II.8.
- II.9.
- II.10.
- II.11.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Los principios de subsidiariedad e inmediatez que rigen la acción de amparo constitucional
- Fragmento 17
- Fragmento 18
- Fragmento 19
- III.2. Sobre los principios ético-morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- Fragmento 21
- III.3.
- Fragmento 23
- REVOCAR