Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0567/2016-S1
Fecha: 23-May-2016
II.6
II.6 Mediante nota de 16 del referido mes y año, el Presidente y la Secretaria General de la entidad citada hacen conocer al accionante que ante la denuncia de graves actos de ilegalidad que anulan todo lo actuado incluyendo el acto eleccionario, determinan que lo figurado en la conciliación realizada es inconclusa (fs. 16).
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- a)
- 1)
- denegó
- II.3.
- II.6
- II.8.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.1. Naturaleza jurídica de la acción de amparo constitucional
- III.2. Sobre los principios ético morales de la sociedad plural y los valores que sustenta el Estado boliviano
- III.3. Improcedencia de la acción de amparo constitucional por falta de inmediatez
- III.4. Análisis del caso concreto
- Fragmento 16
- CONFIRMAR