Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2016-S3
Fecha: 17-May-2016
i)
Vicenta Laura Rafael, Actuaria Abogada del referido Juzgado de Instrucción, en audiencia manifestó que: i) Dentro del proceso penal seguido por el Ministerio Público contra el ahora accionante, el “1 de febrero” no recibió ni verificó ninguna documentación sino únicamente informó a dos personas respecto a la documental que debe ser presentada para la cesación de la detención preventiva dispuesta; y, ii) La parte imputada -hoy accionante- demostró animadversión al haber interpuesto denuncias infundadas en su contra, recibiendo amenazas e insultos por sus familiares, motivos por los que se allanó a la recusación interpuesta en su contra.