SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0571/2016-S3
Fecha: 17-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante señala la lesión de sus derechos a la libertad, al debido proceso y a los principios de legalidad, de imparcialidad y de seguridad jurídica, dado que mediante Resolución 009/2016 pronunciada por el Juez ahora demandado, se le concedió la cesación a la detención preventiva con la imposición de medidas sustitutivas, en aplicación del art. 240 de CPP, sin que se elabore el acta de audiencia ni se inicie la tramitación de la cesación instruida ni la emisión del mandamiento de libertad, debido a dilaciones constantes y reiteradas del Juez y la “Secretaria” Abogada del Juzgado de Instrucción Mixto, Liquidador y cautelar de Sica Sica del departamento de La Paz, que conllevan a la no materialización de las medidas sustitutivas impuestas con el riesgo de que las mismas sean revocadas.