Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0575/2016-S3
Fecha: 17-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante alega la vulneración a sus derechos a la salud y a la vida, dado que el médico neurocirujano demandado le negó la devolución de los documentos médicos entregados por su persona y su madre; asimismo, del historial clínico sobre el tratamiento de su padecimiento (epilepsia anticonvulsiva), los antecedentes y documentación que son necesarios para poder ser atendido por otro especialista; toda vez que, su enfermedad debe ser tratada de manera inmediata y de forma continua, caso contrario corre peligro de sufrir un coma e incluso la muerte.
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- a)
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- La naturaleza del derecho a la vida impone la casi eliminación de cualquier tipo de formalismo en su protección, pues resultaría un despropósito que quien solicite la tutela de su derecho a la vida cuya naturaleza siempre es urgente
- la vida
- III.2.Sobre el carácter fundamental del Derecho a la Salud
- III.3. El derecho de los pacientes a elegir el médico y los servicios médicos en general a la luz de la Bioética
- b.
- El paciente tiene derecho a elegir a su médico
- III.4. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR