SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La accionante a través de su abogado ratificó el tenor íntegro de su demanda, y en uso del derecho a la réplica, señaló que, respecto al informe de las autoridades demandadas en sentido de que los seis meses de cómputo del plazo a efectos de la interposición de la acción tutelar deberían ser computados a partir del Auto Interlocutorio de 12 de noviembre de 2014; correspondiendo considerarse que el mismo tendría que ser a partir de la Sentencia Agroambiental Nacional S1ª 58/2015.