SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0578/2016-S1

Fecha: 23-May-2016

II.4.

II.4.  Por Auto de 24 de marzo de 2015, los Magistrados ahora demandados, a fin de establecer la validez de algunos de los argumentos de la demanda de nulidad, para mejor resolver, al amparo de lo previsto por los                   arts. 378 en relación al art. 4.4 ambos del CPC.abrg, dispuso que se oficie al Gobierno Autónomo Municipal de Sipe Sipe del departamento de Cochabamba, a objeto de que remita la Ordenanza Municipal, debidamente homologada del área urbana vigente en la gestión 2004 y respectivo Plano Geo referenciado con coordenadas UTM, en formato impreso y digital; y una vez remitido el Técnico Geodesta del Tribunal Agroambiental, informe, respecto a los siguientes puntos: 1) Si el predio “Mercado” se encuentra en Área Urbana y en qué municipio; 2) Si las actas de conformidad de linderos, cursantes en el proceso de saneamiento de fs. 59 a 62, tienen concordancia con el croquis predial y el plano catastral de la carpeta de saneamiento; 3) en que piso ecológico se encuentra situado el predio “Mercado”; y, 4) Si el referido predio se encuentra sobrepuesto al área protegida Monumento Arqueológico Religioso creado mediante Ley 3194 de 30 de septiembre de 2005 (fs. 356 y vta.).