SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0579/2016-S3
Fecha: 20-May-2016
II.1.
II.1. Por Resolución de 14 de marzo de 2014, Álvaro La Torre Zurita, Fiscal de Materia, rechazó la denuncia interpuesta contra José Eduardo Soljancic Fernández -hoy tercero interesado- por la presunta comisión del delito de estafa, argumentando que al haber transcurrido el tiempo suficiente de la investigación preliminar, sin que se haya aportado con los elementos suficientes para poder fundamentar una imputación y por ende la respectiva acusación formal por qué no se pudo demostrar el hecho denunciado, haciendo el abandono total de la denuncia por parte del denunciante y no aportando con los elementos de prueba; por lo que, corresponde concluir con la etapa preliminar de la investigación (fs. 247 a 248).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos y garantías supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- I.2.2. Rechazo de la acción de amparo constitucional
- I.2.2. Admisión de la acción de amparo constitucional
- I.3. Audiencia y Resolución del Tribunal de garantías
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. El deber de fundamentación y motivación de las resoluciones como elemento del debido proceso
- Fragmento 13
- III.2. Sobre la motivación y fundamentación de las resoluciones emitidas por el Ministerio Público
- III.3. Análisis del caso concreto
- 2)
- CONFIRMAR