Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0587/2016-S3
Fecha: 20-May-2016
III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
El accionante a través de su representante alega la lesión de su derecho a la propiedad privada, citando que los particulares demandados, en horas de la madrugada del 10 de enero de 2016, empleando actos violentos y con la excusa de que su propiedad sería un lugar peligroso, ingresaron a su propiedad que se encuentra ubicada en la zona Bajo Virtudes en el Distrito 5, manzana 700, para luego proceder a su loteamiento e instalar carpas y viviendas precarias, sumando a que en la actualidad los avasalladores amenazan de muerte a quien pretenda desalojarlos.
- acción de amparo constitucional
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- 1)
- I.2.2. Informe de las personas demandadas
- concedió
- II.1.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- ‘...1) el derecho a la propiedad debidamente demostrado y no cuestionado y 2) la evidencia, tampoco controvertida, de que los recurridos no estaban en posesión del bien inmueble sino que con acciones violentas (de hecho) ocuparon la propiedad privada de los recurrentes...’
- corresponde que se acuda a la jurisdicción ordinaria para que asuma las acciones necesarias de protección de los derechos fundamentales comprometidos frente a las medidas o vías de hecho denunciadas.
- la acción de amparo constitucional procede: ‘…siempre que no exista otro medio o recurso legal para la protección inmediata de los derechos y garantías restringidos, suprimidos o amenazados’
- Fragmento 11
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- requiere de la demostración de la inminencia e irreparabilidad del daño o que el medio de defensa que se tiene expedito resulte ineficaz
- REVOCAR