SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0591/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

II.5.

II.5.    Cursa a fs. 22, la conminatoria de reincorporación 018/2015 de 17 de julio, emitida por el Jefe Regional de Trabajo de El Alto, del Ministerio antes citado, por la que, se ordenó a la restitución del accionante, en su fuente de trabajo, aduciendo que, la desvinculación laboral no contempló ninguna de las causas previstas en los arts. 16 de la LGT y 9 de su Decreto Reglamentario, lesionándose en ese mérito, los derechos fundamentales del trabajador, por una supuesta reestructuración del organigrama de actividades de la empresa, “haciéndose notar que las funciones que desempeñaba el trabajador en la empresa ya no se implementarían en la sociedad”; previendo el “parágrafo VIII” del Decreto Reglamentario de la LGT, que, la inconcurrencia del empleador o de su representante legal a la audiencia es considerada como prueba plena de aceptación de despido injustificado, debiendo procederse en rebeldía (fs. 22).