Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0596/2016-S2
Fecha: 30-May-2016
II.5.
II.5. A través de memorial de 21 de marzo de 2016, Edwin Tapia Cachi y Esperanza Tapia Cachi, requirieron a la Fiscal de Materia, autoridad ahora demandada, disponga señalamiento para sus declaraciones informativas; asimismo, solicitaron la suspensión de los mandamientos de aprehensión emitidos en su contra. Pedido que fue providenciado en el día, y que dispuso estese a lo dispuesto (fs. 150 y vta.).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- Roxana Karina Cuba Chirinos, Fiscal de Materia de La Paz
- Viviana Conde Paredes, Investigadora de la FELCV-EPI San Pedro
- concedió
- II.1.
- II.2.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- Fragmento 11
- III.
- 2. Cuando el fiscal da aviso del inicio de la investigación al Juez cautelar y ante la denuncia de una supuesta ilegal aprehensión, arresto u otra forma de restricción de la libertad personal o física por parte de un Fiscal o de la Policía, el accionante, previo a acudir a la jurisdicción constitucional debe en principio, denunciar todos los actos restrictivos de su libertad personal o física ante la autoridad que ejerce el control jurisdiccional.
- III.2. Análisis del caso concreto
- REVOCAR en todo