SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0597/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

denegó

El Juez Noveno de Sentencia Penal del departamento de La Paz, constituido en Juez de garantías, por Resolución 15/2016 de 24 de marzo, cursante de fs. 32 a 34, denegó la tutela, bajo los siguientes fundamentos: 1) Que es deber de toda autoridad jurisdiccional constituido en Juez de garantías fundamentar su fallo; por lo que debe hacerse mención a la SCP 0690/2014 de 10 de abril, que entendió que el art. 125 de la CPE, sobre el carácter excepcionalmente subsidiario de la acción de libertad en los supuestos que la norma procesal ordinaria señala de manera específica medios de defensa eficaces y oportunos para el resguardo al derecho a la libertad supuestamente lesionados entonces la acción de libertad procederá de manera directa solo si los medios ordinarios no sean los adecuados e idóneos para reclamar de forma inmediata y eficaz el derecho a la libertad ilegalmente restringido; y, 2) Señala la sentencia constitucional que la acción de libertad es el medio idóneo y eficaz para conocer y restituir cualquier lesión o vulneración al derecho a la libertad, un procesamiento indebido que atenta o ponga en peligro el derecho a la libertad, cuando de acuerdo a las circunstancias concretas a pesar de existir mecanismos establecidos por la ley procesal vigente estos resulten se evidentemente inoportunos o inconducentes.