Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
II.4.
II.4. Por decreto de 16 de febrero de 2016, la Sala Penal y Administrativa del Tribunal Departamental de Justicia de Pando, dispuso la devolución del memorial citado supra a la autoridad jurisdiccional hoy demandada, debido a que corresponde al Juez de Sentencia Penal la aplicación del art. 364 del CPP (fs. 17); y por Cite: S.P.A. 64/2016 de 16 de febrero, la referida Sala remitió el citado memorial al Juez de la causa (fs. 16).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR