Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0600/2016-S3
Fecha: 24-May-2016
II.5.
II.5. Mediante decreto de 16 de febrero de 2016, el Juez ahora demandado, dispuso se libre mandamiento de libertad a favor del ahora accionante, previa revisión de archivos en el Recinto Penitenciario “Villa Busch” y que no esté detenido por otra causa (fs. 16 vta.). Cursa mandamiento de libertad expedido en igual fecha por la citada autoridad jurisdiccional a favor del hoy accionante (fs. 18), el cual fue recepcionado en la Central de Notificaciones del Tribunal Departamental de Justicia de Pando el 17 de igual mes y año (fs. 19), siendo practicada la notificación con dicho mandamiento al Director del citado penal, a horas 18:15 de la misma fecha (fs. 20).
- acción de libertad
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción
- a)
- denegó
- II.1.
- II.3.
- II.4.
- II.5.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- III.1. Improcedencia de la acción de libertad por sustracción de la materia o pérdida del objeto procesal
- Fragmento 12
- Fragmento 13
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR