SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0601/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

II.6.

II.6. Cursa decreto de 5 de enero de 2016, emitido por Rubén Marcelo Leiva Lazcano, Juez Primero de Ejecución Penal del departamento antes mencionado -hoy demandado-, mediante los cuales observó los trámites y Resoluciones de Indulto “767/15-16”, expedidos por la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario de Cochabamba en favor de Jorge Eduardo Herrera Mejía y Edelmira Siles Maldonado -ahora accionantes-, señalando que ambos casos responden a hechos delictivos desarrollados el 16 de septiembre de 2015, en tal virtud a mérito de la nota de remisión de la carpeta de indulto de 31 de diciembre de ese año, que habilita a la devolución del trámite cuando exista observación, se observa estos trámites y la Resolución de Indulto por encontrarse fuera del tiempo establecido en el art. 10.I del Decreto Presidencial 2437, por cuanto ambos internos y procesados con posterioridad a la fecha de publicación del citado Decreto Presidencial se hallan fuera del alcance del indulto, por lo que se determinó la devolución en el día de los trámites de indulto a la Dirección Departamental de Régimen Penitenciario para fines consiguientes (fs. 11).