SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

I.2.1. Ratificación y ampliación de la acción

La parte accionante, a tiempo de ratificar su demanda de acción de amparo constitucional, en audiencia a través de su abogado manifestó que en cuanto el derecho a la motivación, está claro que tanto el Juez a quo como el Tribunal ad quem, rechazaron la participación de la accionante, quien se apersonó al juzgado a pedir se deje sin efecto la retención de fondos que se había hecho sobre la Póliza de Seguro Múltiple M0000120 de la Boliviana SIACRUZ, debido a que al fallecimiento de su ex esposo, es beneficiaria a través del Banco de Crédito; a pesar de haber hecho la compulsa por Auto de Vista 6 de julio de 2015, fue rechazada con el mismo argumento de que no es parte del proceso, cerrándole así el camino y vulnerándole el derecho de defensa al no poder reclamar su derecho al cobro de la póliza y ciertamente cuando son Autos que no tienen fundamentación se vulnera el elemento de la debida motivación, por esa razón activan este mecanismo una vez que agotaron la vía ordinaria, para que se restituya sus derechos vulnerados.