SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0602/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

III.3.  Análisis del caso concreto

En el caso concreto la accionante alega la vulneración de los derechos al debido proceso en su elemento motivación, a la defensa, petición, doble instancia, a ser beneficiaria de un póliza y a la propiedad privada; por cuanto dentro del proceso ordinario de división y partición de bienes hereditarios, seguido por sus hijos Roberto German, Fernando y Eduardo, todos Valenzuela Billewicz contra Diana Eglin Núñez Moldes, solicitó se deje sin efecto la orden judicial de retención y suspensión de pago de la Póliza de Seguro Múltiple M0000120, por ser única beneficiaria; petitorio que el Juez ahora demandado sin considerar que acreditó su legitimación activa para actuar en el proceso, sin una debida fundamentación y motivación le negó su solicitud señalando que no era parte del proceso, por lo que interpuso recurso de reposición con alternativa de apelación, el que fue rechazado con el mismo fundamento. Resolución que impugnó interponiendo recurso de compulsa con la pretensión de que las omisiones cometidas por el Juez a quo se corrigieran; sin embargo, los Vocales de la Sala Civil y Comercial Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba, ahora demandados por Auto de Vista de 6 de julio de 2015, declararon ilegal la compulsa con el mismo argumento.

Precisados los hechos motivo de la acción tutelar; de antecedentes, se tiene que la ahora accionante, dentro del proceso división y partición de bienes hereditarios, seguido por sus hijos Roberto German, Fernando y Eduardo, todos Valenzuela Billewicz contra Diana Eglin Núñez Moldes el que se viene tramitando en el Juzgado Tercero de Partido en lo Civil y Comercial del departamento antes mencionado, formuló su apersonamiento solicitando se deje sin efecto la orden de retención y suspensión de pago de la póliza de Seguro Múltiple M0000120, donde fue consignada como beneficiaria petitorio que mediante providencia de 20 de mayo de 2015, fue rechazada bajo el argumento de no ser parte del proceso; ante esta situación interpuso recurso de reposición bajo alternativa de apelación, solicitando se dicte auto fundamentado, dejando sin efecto la orden de retención y suspensión referida; recurso que mediante providencia de 15 de junio del año señalado, nuevamente fue rechazado con el mismo argumento.