SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2016-s1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0610/2016-s1

Fecha: 30-May-2016

concedió

El Tribunal Noveno de Sentencia Penal del departamento de Santa Cruz, constituido en Tribunal de garantías, mediante Resolución 03/16 de 16 de marzo de 2016, cursante de fs. 55 vta. a 57, concedió la tutela solicitada, disponiendo dejar sin efecto el Auto que declaró rebelde al accionante; con los siguientes fundamentos: 1) En relación a la solicitud de reposición del auto de declaratoria de rebeldía, Hassan Erick Bakry Rodríguez, equivocó la vía, toda vez que la referida procede contra decretos de mero trámite y no contra autos;  2) De la revisión del cuaderno procesal se tiene que existe memorial de 9 del referido mes y año, donde el impetrante de tutela, pidió la suspensión de audiencia de juicio oral acompañando fotocopia legalizada del decreto de señalamiento de audiencia de apelación a realizarse en la misma fecha que la audiencia antes citada, el cual mereció decreto de igual día fijando nueva fecha para dicho acto procesal; y, 3) El 10 del precitado mes y año, los Jueces demandados procedieron a instalar la audiencia de juicio oral, en la que indicaron que estaría justificada la insistencia del accionante, señalando  nueva fecha para dicho actuado –28 del antedicho mes y año–; empero, posteriormente la parte civil solicitó la declaratoria de rebeldía del imputado argumentando, que se habría suspendido la audiencia de apelación y que éste debió ir a la audiencia de juicio oral, las autoridades judiciales procedieron a dictar auto, disponiendo dejar sin efecto el decreto de 9 del mes y año citados –suspensión de audiencia–, declarándolo rebelde y contumaz, sin tomar en cuenta que anteriormente dicha audiencia fue suspendida, es así que la contradicción entre lo señalado en el acta y en el auto, vulneró los derechos del impetrante de tutela.