SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2016-S2
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0619/2016-S2

Fecha: 30-May-2016

i)

Karina Erika Valdez Cuba, Jueza Décima Segunda de Partido en lo Civil y Comercial del departamento de La Paz, presentó informe inserto de fs. 211 a 212 de obrados, exponiendo lo siguiente: i) La Sentencia 04/01 de 5 de enero de 2010, fue emitida por el entonces Juez titular de ese Juzgado, Rigoberto Paredes Encinas, habiendo asumido conocimiento de la causa cuando los obrados fueron devueltos por el Tribunal Supremo de Justicia; y, ii)  En relación a la acción de amparo constitucional deducida, no se advierte cuál el derecho o garantía constitucional que acusa de vulnerados por el Juez de origen a tiempo de emitirá la Sentencia de primera instancia, toda vez que, la misma se circunscribe a expresar la violación constitucional por falta de motivación, debido proceso y tutela judicial efectiva en relación al contenido del Auto Supremo 526/2014 de 25 de septiembre, siendo el petitorio se deje sin efecto el mismo, tenor de la acción tutelar que denota ausencia de identificación de derechos y garantías que acusen la vulneración a la actuación del Juez de origen, conforme el contenido establecido por el art. 33 num. 5) del Código Procesal Constitucional (CPCo), que acarrea su improcedencia conforme la previsión del art. 30.I de dicho cuerpo normativo, lo que impide emitir informe alguno, dado que, la presumible vulneración radicaría en el pronunciamiento del Tribunal de casación.