SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0630/2016-S3

Fecha: 01-Jun-2016

I.1.1. Hechos que motivan la acción

Mediante Resolución 1/2014 de 7 de julio, dictada en una acción de amparo constitucional, confirmada a través de la SCP 0161/2015-S2 de 25 de febrero, se dispuso la nulidad del memorando DDET 3/2014 de 5 de mayo, que había dispuesto su destitución como Directora de la Unidad Educativa Mario Mercado Vaca Guzmán de la localidad de Villa Chuquilla del departamento de Oruro y ordenó su inmediata reincorporación a su fuente laboral.

Ante tales antecedentes, por memorial presentado el 24 de septiembre de 2015, dirigido al Director Departamental de Educación de Oruro, solicitó el pago de sus salarios devengados y otros derechos laborales, por el periodo de su ilegal destitución desde el 5 de mayo hasta el 1 de agosto de 2014; en ese sentido, requirió a la citada autoridad que conforme a los arts. 7 y 9 inc. ñ) del Decreto Supremo (DS) 0813 de 9 de marzo de 2011, se sirva emitir Resolución Administrativa disponiendo el pago de tales derechos en la suma de Bs37 888, 12.- (treinta y siete mil ochocientos ochenta y ocho 12/100 bolivianos); sin embargo, no recibió respuesta alguna, a pesar de las reiteradas visitas a las oficinas de la citada Dirección departamental.