SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0641/2016-S3

Fecha: 03-Jun-2016

concedió

La Sala Civil, Comercial y Familiar Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Chuquisaca, constituida en Tribunal de garantías, mediante Resolución                        SCI 008/2016 de 16 de febrero, cursante de fs. 113 a 116 vta., concedió la tutela solicitada, sin costas y dejó sin efecto el AS 1076/2015, debiendo pronunciarse un nuevo fallo, sin la intervención de la autoridad que perdió la competencia, debiendo el titular conformar Sala para la resolución correspondiente, previo sorteo, salvando las observaciones hechas en la presente acción de amparo constitucional, bajo los siguientes fundamentos: De la revisión de antecedentes se puede establecer que la acusación realizada por la parte accionante respecto a la pérdida de competencia de los Magistrados en la emisión del referido Auto Supremo, es evidente, ya que del simple cómputo de plazos se desprende que desde el sorteo de 19 de octubre de 2015, fecha en la cual se inició el cómputo según el art. 204.III del CPC, hasta la emisión del citado Auto impugnado, transcurrieron inexorablemente treinta y un días, según el plazo previsto en el art. 90.II del Código Procesal Civil por mandato de la disposición transitoria segunda, aplicable al caso de autos por la fecha de emisión del mencionado Auto, vulnerándose el debido proceso en el principio de celeridad y que tiene incidencia en la competencia; asimismo, en su vertiente del juez natural, competente, independiente e imparcial.