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    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S3
    Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

    SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S3

    Fecha: 07-Jun-2016

    I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados

    El accionante considera como lesionados sus derechos al trabajo, a la estabilidad laboral, a la salud y a la vida; citando al efecto los arts. 15.I y III, 46, 48, 67 y 68 de la Constitución Política del Estado (CPE); y, 6.1 del Pacto Internacional de Derechos Económicos Sociales y Culturales (PIDESC).

    • I.1.1. Hechos que motivan la acción
    • I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
    • I.1.3. Petitorio
    • a)
    • 1)
    • denegó
    • II.1.
    • II.2.
    • III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
    • la finalidad de esta acción de defensa es la tutela de derechos fundamentales
    • este cumplimiento no debe ser exigido ante el Tribunal Constitucional, sino ante la autoridad emisora de la resolución
    • el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional, impide conocer un asunto en el que se impetre la ejecución de una sentencia, resolución o fallo, pues esa labor le corresponde al órgano que lo emitió
    • III.2.   Análisis del caso concreto
    • CONFIRMAR

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