Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia
SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0649/2016-S3
Fecha: 07-Jun-2016
II.1.
II.1. Por Sentencia 1/2015 de 2 de enero, la Jueza Segunda de Partido de Trabajo y Seguridad Social, Administrativo, Coactivo Fiscal y Tributario del departamento de Potosí, declaró probada la demanda iniciada por Walter Sabino Rivera Álvarez -hoy accionante- contra la COMIBOL -ahora empresa demandada-, disponiendo, entre otros aspectos, la reincorporación laboral del accionante en las mismas funciones que cumplía al momento del despido, en un plazo de diez días de la ejecutoria de la Sentencia, así como el pago de sueldos devengados desde el 30 de diciembre de 2010 hasta el día de su reincorporación (fs. 3 a 5 vta.).
- I.1.1. Hechos que motivan la acción
- I.1.2. Derechos supuestamente vulnerados
- I.1.3. Petitorio
- a)
- 1)
- denegó
- II.1.
- II.2.
- III. FUNDAMENTOS JURÍDICOS DEL FALLO
- la finalidad de esta acción de defensa es la tutela de derechos fundamentales
- este cumplimiento no debe ser exigido ante el Tribunal Constitucional, sino ante la autoridad emisora de la resolución
- el carácter subsidiario del recurso de amparo constitucional, impide conocer un asunto en el que se impetre la ejecución de una sentencia, resolución o fallo, pues esa labor le corresponde al órgano que lo emitió
- III.2. Análisis del caso concreto
- CONFIRMAR