SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2016-S1
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0653/2016-S1

Fecha: 03-Jun-2016

como el atributo que la ley asigna a la sentencia firme para que el caso concreto resuelto por ella se mantenga inmutable para el futuro como garantía de seguridad jurídica para las partes y la sociedad en su conjunto

Por su parte, Gonzalo Castellanos Trigo en su libro Manual de Derecho Procesal Civil Tomo II de 2006, pág. 367, define a la cosa juzgada: “como el atributo que la ley asigna a la sentencia firme para que el caso concreto resuelto por ella se mantenga inmutable para el futuro como garantía de seguridad jurídica para las partes y la sociedad en su conjunto”.