SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0656/2016-S3

Fecha: 10-Jun-2016

con relación a la probabilidad de autoría

Así, con relación a la probabilidad de autoría regulada por el art. 233.1 del CPP, respecto a la cual se alegó como agravio (según el propio Auto de Vista 180/2015) que la misma se habría valorado incorrectamente y con apreciaciones subjetivas, el Tribunal de alzada estableció que el Juez a quo valoró todos los indicios concurrentes, tales como, la forma cómo sucedieron los hechos, la declaración de la víctima y de otras personas, realizando una valoración y aplicando la sana crítica, refiriendo que la declaración de la víctima fue corroborada por la de Genaro Robles y también la de Nilda Perales Galindo, en razón a la insistencia del imputado para convencerla de llevarla a la ciudad de Yacuiba, por lo que en criterio de dichos Vocales no era evidente lo alegado por la defensa -ahora parte accionante-.