SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S3
Tribunal Constitucional Plurinacional de Bolivia

SENTENCIA CONSTITUCIONAL PLURINACIONAL 0663/2016-S3

Fecha: 09-Jun-2016

Fragmento 14

           La accionante reclama que luego de ser electa Vocal del Directorio del ICACRUZ, en la Asamblea Extraordinaria que se realizó el 5 de junio de 2015, en cumplimiento a la Resolución 10 de 26 de febrero de ese año, desconociendo groseramente ese fallo constitucional, los ahora demandados conformaron un “seudo” Comité Electoral y expidieron la Resolución 002/2015 de 7 de agosto, pretendiendo realizar otra elección en dicho Colegio el 11 de septiembre de igual año, sin considerar el cumplimiento obligatorio de la referida Resolución constitucional, dictada en una anterior acción de amparo constitucional, misma en la que se impugnó la conformación del citado Comité Electoral ante supuestas irregularidades incurridas por la Asamblea de 5 de junio del señalado año, pero el entonces Tribunal de garantías confirmó la legalidad y legitimidad del referido Comité Electoral.